Asesoría para autónomos

Alta en el régimen especial de autónomos

¿Qué es?

El empresario individual o empresario autónomo, es una persona física que realiza en nombre propio, una actividad comercial, industrial o profesional. Para utilizar esta forma jurídica, no existe un número mínimo de socios necesarios ni de capital social. Por contra, la responsabilidad ante las deudas es ilimitada, es decir responderá con sus bienes empresariales y con los particulares.

¿Cómo funciona el R. E. de autónomos?

Los empresarios autónomos tributan el beneficio mediante IRPF, en lugar de hacerlo a través del Impuesto de Sociedades IS. Esto puede ser beneficioso o perjudicial, en función de la cantidad de beneficio anual que haya reportado la actividad de la empresa, dado que mientras que el IS es lineal (siempre se paga la misma cantidad), el IRPF es escalonado, es decir, cuanto más beneficio tienes más pagas. Por este motivo, tributar por IRPF normalmente es interesante en los inicios de la empresa, pero pocas veces a medio y largo plazo.

¿Qué trámites son necesarios para el alta en autónomos?

  1. Declaración de alta en el impuesto de actividades económicas (IAE)
  2. Alta censal: Declaración de alta en el censo de empresarios y retenedores
  3. Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social (Tesorería General)
  4. Comunicación de apertura del centro de trabajo (en caso de haberlo)
  5. Si una persona que ha estado cotizando a la Seguridad Social, va a estar o está ya en el Paro, existe la opción de cobrar la prestación a la que se tiene derecho por anticipado en el caso de que quiera emprender un negocio propio

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